PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la profesional del derecho Mary Pily Carmona, en su condición de apoderada judicial de la accionada, Trolebús Mérida, C.A. (TROMERCA), contra la decisión proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 04 de julio de 2013.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido, que declaró:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana MARLENE MARQUINA ROJAS, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 11.953.598, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL TROLEBÚS MÉRIDA, C. A. (TROMERCA), en la persona del ciudadano, MIGUELANGEL ROJAS URIBE, titular de la cédula de identidad Nº 12.349.795, en su condición de Presidente.
SEGUNDO: Se ordena a la SOCIEDAD MERCANTIL TROLEBÚS MÉRIDA, C.A. (TROMERCA), a que cumpla de manera inmediata con la providencia administrativa Nº 00056-2011, de fecha 25 de marzo de 2011, contenida en el.....