En consecuencia, este Juzgado Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, observa que desde el auto de fecha 17 de julio de 2013, hasta el día de hoy, no se ha realizado ninguna actuación en este proceso, de aquellas consideradas como de impulso procesal, y transcurrido como ha sido más de un año, desde la ultima actuación procesal realizada por este Tribunal, a traves de la cual se insta a la parte actora a los fines de que consigne nueva dirección para la notificación del codemandado ut supra identificado, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, incoada por la ciudadana MARGARITA EDILTRUDES PEÑATES MENDOZA, VENEZOLANA, venezolana, titular de la cedula de identidad 24.897.155, representada por su apoderada judicial Adriana Linares, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 86.....