PRIMERO: Declarar Sin Lugar el Cumplimiento de Obligación y Parcialmente Con Lugar la solicitud de FIJACION de Obligación de Manutención planteada por YULI ANDREINA TORRES CHAVEZ, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad No. V-18162415, domiciliada en Urbanización Juan Pablo Segundo, manzana D, casa No. 2 de esta ciudad, en su condición de Madre de JAPMARLY ALEJANDRA PEREZ TORRES, de 2 años; y al cargo de JAPMAN JESUS PEREZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17057456, domiciliado en Urbanización El Pinar, Vereda 3, No. 2-80 (cerca licorería El Pinar) de esta ciudad, en su condición de Padre,
SEGUNDO: Ordenar a JAPMAN JESUS PEREZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17057456, domiciliado en Urbanización El Pinar, Vereda 3, No. 2-80 (cerca licorería El Pinar) de esta ciudad, en su condición de Padre, Pagar mensualmente a partir de hoy UN MIL CIENTO CICNUENTA Bolívares (Bs. 1.150,oo) mensuale.....