Primero: Declara con lugar la inhibición del Abogada Gladys Cañas Serrano, Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, contenida en acta de fecha 12 de mayo de 2004, para continuar conociendo del juicio de cobro de bolívares por procedimiento de intimación, interpuesto por Iraima Ibarra de Salcedo, contra Ramona Guerrero, por encontrarse incursa en la causal señalada en el numeral 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a los Tribunales Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.