este Tribunal Décimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD dictada a favor del imputado ABRAHAM ANTONIO CARRILLO, quien es venezolano, natural de San Cristóbal, nacido el 02-10-1.984, soltero, trabajador informal, con primer año de bachillerato, titular de la C.I. No. 16.541.788, hijo de Daniel y Blanca y residenciado en San Josecito, Sector E, vereda 3, casa sin numero, La Montañita, Municipio Torbes, y en su lugar se DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 262 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose su aprehensión al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Déjese copia para el archivo y líbrese el oficio respectivo.