Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve:
1) DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE INTERDICCIÓN, propuesta por la ciudadana BETTY ESPERANZA LÓPEZ DE GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-4.207.093, domiciliada en la Calle 10, Casa N° G-67, Sector Puente Real, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y hábil, asistida por el abogado Ángel Negeliz Guarate Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 122.747.
2) DECRETA LA INTERDICCIÓN DEFINITIVA DEL CIUDADANO LUIS HUMBERTO GARCÍA RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-21.801.205, domiciliado en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, y en aplicación del artículo 397 del Código Civil, quedará bajo la tutela y las disposiciones relativ.....