EN RAZÓN A LAS CONSIDERACIONES ANTERIORMENTE EXPRESADAS, ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA, por resolución de contrato de arrendamiento por tiempo determinado, que intentara los apoderados Judiciales JORGE CASTELLANOS GALVIS Y TEOFILO SEGUNDO BRAVO OSTOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-4.829.238 y V-9.468.540. en contra de la Ciudadana TULAMAY RANGEL RONDON, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.738.284, domiciliado en la Quinta San Francisco, avenida 2, La Victoria parte baja de esta ciudad de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se ordena la Resolución del Contrato de arrendamiento
TERCERO: Se ordena a la demandada de autos a entregar el inmueble ubicado en en la Urb. Sur, avenida 3 entre calles .....