Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 y 257 Constitucionales, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento, presentada ante este Tribunal, por la ciudadana CAROLINA PEÑARANDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-15.539.674, asistida por la abogada en ejercicio Hilda Monoga González, inscrita ante el Inpreabogado, bajo el No.158.322.
SEGUNDO: Queda formalmente establecido que la ciudadana CAROLINA PEÑARANDA, nació el día 17 de agosto de 1.977, en la casa No.8-6, calle Venezuela, avenida principal, sector Llano de Jorge, Municipio San Antonio, Distrito Bolívar del estado Táchira, hija de la ciudadana TULIA MAGOLA PEÑARANDA, venezolana, mayor de edad, de oficios de.....