ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, de conformidad con el artículo 248 del C.O.P.P. y artículo 44 de la Constitución Bolivariana de Venezolana, al WILMER ENRIQUE DÁVILA ARAQUE, supra identificado, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del niño C.A.R.C. de 10 años de edad. SEGUNDO: Se autoriza para que la presente causa siga por el procedimiento ORDINARIO de conformidad con el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de profundizar la investigación, para lo cual se acuerda en su oportunidad legal remisión de la presente causa a la Fiscalía del Ministerio Publico, una vez trascurra el laps.....