En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE:
PRIMERO: Se ordena el traslado del imputado RAMÓN ARNOLDO RUIZ JAIMES, de nacionalidad venezolana, natural de Río Frío, Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.146.719, nacido en fecha 27-03-1966, de 42 años de edad, residenciado en Naranjales, Barrio la Bolivariana, calle 12 con carrera 11, teléfono 0424-7846538, frente a la construcción del nuevo liceo, casa sin número, Municipio Fernández Feo, del Centro de Tratamiento Psiquiátrico, ubicado en la población de Peribeca, al Centro de Rehabilitación "Negra Matea", a cargo del médico Abel Colmenares, ubicado en la población de la Petrolea, vía Santa Ana, en virtud del derecho a la salud, consagrada en el artículo 83 de la Constitución de la Rep.....