"...Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en conformidad a lo establecido en los artículo 26, 49 Y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y al principio constitucional de tutela judicial efectiva, en aplicación a los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, resuelve: DECLARAR a los ciudadanos Fanny del Valle Salcedo Urribarri, Ysis Aurora Díaz Gamboa y Leonardo Alfonzo Diaz Gamboa, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.- V- V- 2.874.418, V- 13.194.504 y V- 13.967.969 en su orden y civilmente hábiles; como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS AB-INTESTATO, del causante Leovigildo Diaz, sin perjuicio de terceros de igual o mejores derechos. Así se decide.-
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