En consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: ÚNICO. Revisa la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada en fecha 3 de junio de 2013, a favor de HIGOR GENESIS ROJAS VALLE, venezolano, natural del Cesar, República de Colombia, naturalizado, nacido el 06/08/1948, con cédula de identidad N° V-22.632.422, de 64 años de edad, Soltero, residenciado en Calle 10, El Tapón del Barrio Santa Eduviges, Táriba, Estado Táchira, 0416-7570118 y 0426-2956940, quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana; ANA GABR.....