En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO CUATRO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTI¬CIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORI¬DAD DE LA LEY, RESUELVE:
PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado JORGE ALEXANDER CARVAJAL, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el día 30-04-1978, 32 años, titular de la cédula de identidad N° V- 12-956.302, de estado civil casado, de profesión u oficio taxista, residenciado en Palmira, Cuesta El Puyón, casa N° 13-24 de color azul, en toda la curva, teléfonos Nros 0414-7423126, 0276-3462281 y Barrio 23 de Enero entre calles 5 y 6 casa Nº 5-45 diagonal e la Agencia de Loterías Mariana, San Cristóbal, Estado Táchira, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida.....