...PRIMERO: Decreta la flagrancia por estar llenos los extremos de los artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal establece que se tendrá como delito flagrante, aquel que se este cometiendo o acaba de cometerse, y 557 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Indicada, hecho estos que la fiscalía precalifica como Porte Ilícito de Arma de Fuego; por consecuencia, se califica la aprehensión en flagrancia del adolescente. (RESERVADO) y SEGUNDO: Visto que la Fiscalía actuante, opta por la aplicación del procedimiento ordinario, en el presente caso, de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, así se acuerda, siendo esta una de las facultades propias de la vindicta publica. TERCERO: Por cuanto de los elementos de convicción presentes en autos, se evidencia la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, cuya comisión es presuntamente atribuible al adolescente (RESERVADO) de conformidad con el artícu.....