Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha por el ciudadano EDEBERTO ENRIQUE GUTIÉRREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-3.370.227, domiciliado en el sector 12 de Octubre avenida 6, entre calles 14 y 15, número 14-87, Parroquia Pulido Méndez del Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, teléfono 0424-7503078, correo: edebertogutierrez906@gmail.com , asistido en este acto por el Abogado AUCENCIO GEOVANNY MALDONADO FAJARDO, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.396.258, Inscrito en el Inpreabogado bajo N° 314.084, teléfono 0424-7549777, correo electrónico mfgeovanny@gmail.com y civilmente hábil.
Segundo: Como consecuencia de lo anteriorm.....