DISPOSITIVA.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las bienhechurias consistentes en una vivienda de bahareque con cemento, unifamiliar con paredes en parte de bahareque y en parte de cemento frisado, techo de zinc, dos (2) habitaciones con puerta, cocina, comedor, una (1) ventana, estructura de madera y caña brava, piso de cemento rústico en parte y en parte de cerámica y tabla, luz eléctrica de 110, agua potable de naciente por gravedad y manguera de ½ pulgada, cercas perimetrales de 4 hebras de alambre de púas y horcones de madera, cerca interna de 4 hebras y horcones de madera, a favor del ciudadano Pedro Wladimir Navarro Higuera, venezolano, mayor de edad, titular .....