Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha por la ciudadana MARÍA ELENA MÉNDEZ MOLINA de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-16.307.624, correo electrónico: marielis0182@gmail.com , teléfono 0414-7162758 domiciliada en el Sector Bubuquí III, Bloque 13, Apartamento N° 00-05, Parroquia Presidente José Antonio Páez del Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida en este acto por la ABG. Abogada NURIS DEL CARMEN VILLAFAÑE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.026.487, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 32.328, con el carácter de Defensora Pública Provisorio Primera con competencia Civil, Mercantil y Transito de la Unidad de la .....