"...este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, constituido en Sala Constitucional, DECLARA IMPROCEDENTE la presente Acción de Amparo Constitucional Autónomo de conformidad con el articulo N° 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Y ASÍ SE DECLARA."