DECISIÓN
Por las razones tanto de hecho como de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Control 3 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Acepta la solicitud de Principio de oportunidad de conformidad con el artículo 37 del Código Orgánico Procesal Penal, declara la extinción penal de conformidad con el articulo 48.5 esjusdem, y decreta el sobreseimiento de la causa, pedida por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, basada para ello, en el artículo 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal, pues el hecho no afecta el interés público y la pena es menor de tres años.
En consecuencia y a tenor del artículo 319 eiusdem le imparte carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada y la consiguiente finalización de la causa seguida contra los ciudadanos MANUEL DEL MAR IZARRA.-
SEGUNDO: La inmediata libertad de los MANUEL DEL MAR IZARRA la cual se hizo efectiva desde la sala de.....