declara PRIMERO: CON LUGAR EL DIVORCIO COMO SOLUCIÓN, en consecuencia, queda DISUELTO el vínculo matrimonial que unió a los ciudadanos WILMER JOSE MONSALVE CADENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.353.463, domiciliado en Mérida Estado Mérida y MARIA DEL CARMEN SANCHEZ ALIZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.777.823, domiciliada en Mérida Estado Mérida, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha 13/08/1999, tal como consta en Acta de matrimonio signada con el N° 19, acogiendo el criterio jurisprudencial de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, del Divorcio como solución y no como sanción, por haber quedado demostrada la ruptura del vinculo conyugal. SE DECLARAN SIN LUGAR las causales invocadas por la parte demandante referidas al abandono voluntario y los excesos, sevicias e injurias que hagan imposible la vida en .....