Vista la diligencia presentada en fecha 21 del presente mes y año ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por la parte demandada los ciudadanos TOMAS CARRILO SARMIENTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.992.219, de este domicilio, actuando como apoderado especial de la ciudadana NUBIA DULCEY GALVIZ, titular de la cédula de identidad N° V- 10.161.441, por la parte demandante, el ciudadano JOSÉ GONZALO USECHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.673.230, asistido por el abogado en ejercicio PABLO ANTONIO PERNIA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.556; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY, al acto de composición volunt.....