En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público, en la detención del adolescente: 1.) IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA ; y 2.) IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA ; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD, previsto en el artículo 174 ejusdem; y, TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 6 y 7 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio de G.E.V.A. por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en .....