Vista la TRANSACCIÓN celebrada en fecha trece (13) de marzo de 2.013, entre las partes, por la parte demandante, abogado en ejercicio JULIO NORBERT PEREZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-9.129.582, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.440, actuando con el carácter acreditado en autos y por la parte demandada, ciudadano JOSE NICOLAS CARDENAS BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.654.429, actuando con el carácter acreditado en autos, asistido por el abogado en ejercicio ANDRÉS ELOY CARRILLO VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.122.387, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 122.871; observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el acto celebrado entre las partes, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proced.....