este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNODEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: ÚNICO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DEL LAPSO DE PRESENTACIONES, del imputado GÓMEZ ORTEGA GILBERTO, de nacionalidad colombiana, natural de Bucaramanga, Santander del Sur, nacido en fecha 17 de marzo de 1968, de 40 años de edad, hijo de Gabriel Antonio Gómez Ruiz (v) y de Eugenia Ortega de Gómez (v), titular de la cedula de ciudadanía No. 13.497.839, soltero, de profesión u oficio Pintor, domiciliado en el Barrio la Esperanza, Cúcuta, Colombia, en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Isolina Guerra, y en ese sentido se AMPLIA A PRESENTARSE UNA (01) VEZ CADA TREINT.....