Consta en el asunto, solicitud de salida transitoria que cursa al folio 727, dirigida a éste Tribunal de Ejecución N° 01, por el penado PABLON ANGULO AGUZZI, titular de la cédula de identidad N° 3.035.506, quien cumple con el beneficio de Redención de Pena por el trabajo y estudio, en la presente causa, referente al otorgamiento de un permiso especial para pasar las Festividades Navideñas con sus familiares, desde el día 22/12/2006, hasta el día 03-01-2007, permaneciendo en la Dirección de habitación: Ejido, Avenida, Fernández Peña con calle El Ceibal, casa N° 2, Teléfono 0274-2218611. Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, de acuerdo a lo previsto en el artículo 63 de la Ley de Régimen Penitenciario en armonía con lo establecido en los artículos 26, 49, 253, 272 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVA.....