declara:
Primero: CON LUGAR la acción de DESALOJO, intentada por la ciudadana MARIA GRACIELA FERNANDEZ DE LOPES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.114.768; en contra de los HEREDEROS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DEL CIUDADANO JOSE MANUEL MONTES CARVALHO, quien fuere venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.165.735.
Segundo: Se ordena el desalojo de la parte demandada, y por ende a la entrega material real y efectiva a la parte actora ciudadana MARIA GRACIELA FERNANDEZ DE LOPES, antes identificada, del inmueble dado en arrendamiento identificado como el apartamento N° PH-B, piso N° 16, del edificio Residencias San Carlos, ubicado en la calle Garcilazo de la Urbanización Colinas de Bello Monte, Municipio Baruta del estado Miranda, así como también el puesto de estacionamiento que le corresponde al citado apartamento, distinguido con el Nº 16, Letra B (16-B) ubicado en el nivel sótano del referido edificio; totalmente libre de bienes y p.....