DECIDE:
PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado ciudadano JUAN CARLOS CAMACHO GELVES Venezolano, Natural de La Fría, San Cristóbal Estado Táchira, con cedula de Identidad N° V- 20.369.531, de 26 años de edad, nacido en fecha 04-06-1989, de profesión zapatero, letrado, residenciado en Sabana Larga, Terraza 2, rancho 56, Parroquia La Concordia Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, teléfono 0426-8584603 (madre) a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de YANIXA NIÑO, por encontrarse llenos los extremos del artículo 96 de la Ley Especial.
SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con La Ley Orgánica que rige la materia, ordenándose la remi.....