este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº 02, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por el ciudadano MORILLO CAMERO JOFRE ADULFO, titular de la Cédula de Identidad 14.807.893, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente y en consecuencia ACUERDA LA CONMUTACIÓN del resto de la pena de presidio que debe cumplir en CONFINAMIENTO, durante un lapso de CINCO (05) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS Y DIECISEIS (16) HORAS DE PRESIDIO, de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 56 del Código Penal, y 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, SE DESIGNA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE CONFINAMIENTO el Municipio García de Hevia, Estado Táchira, lugar en la cual fijará su residencia según consta en solicitud de Confinamien.....