PRIMERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la solicitud de Aumento de la Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana CARMEN HAYDEE MORALES BELEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-9.347.591, residenciada en el Barrio Las Flores, calle 7 con carrera 4, casa N° 4-1, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando en nombre y representación de su hijo NELSON JESUS IBARRA MORALES, en contra del ciudadano NELSON IBARRA PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-9.350.050, con domicilio laboral en el Destacamento de Fronteras N° 13, de la Guardia Nacional Bolivariana, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, en consecuencia se aumenta la Obligación de manutención a la cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES CON 00/100 (Bs. 400,00) mensuales, que es equivalente a 32,68 % de un salario mínimo urbano.-
SEGUNDO: para los meses de Agosto y Diciembre si establece el doble de la cantidad fijada.....