ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO.- CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano LEONARDO FABIO ROPERO, Venezolano, natural de Rubio Estado Táchira, nacido en fecha 15-07-1979, de 26 años de edad, soltero, albañil, hijo de Ramón Ropero y María Ema Díaz, titular de la cédula de identidad N° V-14.776.773, residenciado en San Rafael El Poblado, Vereda Manuel Pulido Méndez, al frente de la Autopista nueva que están haciendo en Rubio Estado Táchira, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en los artículos 413 y 272 del Código Penal, en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre armas y Explosivos, en perjuicio de la ciudadana OMAIRA MANCILLA SANDOVAL. SEGUNDO.- ORDENA el trámite de la.....