SE CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de Wilcar Asdrúbal Arroyo Sánchez, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-20.077.442, natural de Umuquena, estado Táchira, fecha de nacimiento 30/04/1992, de 25 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la calle 7, entre carrera 09 y avenida Aeropuerto, casa sin número, La Fría, Municipio García de Hevia, estado Táchira, teléfono 0424-1560285, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de Andreina María Figueroa Márquez, por encontrarse llenos los extremos del artículo 96 de la Ley Especial que rige la materia.