Declara:
PRIMERO: LA CONFESION FICTA del ciudadano JESUS GREGORIO ESCOBAR MANRIQUE, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía No.CC-18.930.064, domiciliado en la calle 3 No.1-36 de la Urbanización Andrés Bello, de la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento, interpuesta ante este Tribunal por la ciudadana MARGOTH PEÑALOZA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-22.638.872, representada por su apoderado judicial, abogado en ejercicio de su profesión, JORGE ELEAZAR BENAVIDES NIETO, inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.115.076, domiciliados en la ciudad de San Antonio del Táchira.
TERCERO: Resuelto el contrato de Arrendamiento suscrito entre los ciudadanos MARGOTH PEÑALOZA RODRIGUEZ, como Arrendadora, y JESUS GREGORIO ESCOBAR MANRIQUE, como Arrendatario, ya identificados, sobre el inmueble ubicado en la ca.....