SIN LUGAR la petición efectuada por la abogada YOLIMAR CAROLINA VERA RAMIREZ en su condición de defensora del acusado: JOSE ORLANDO DURÁN, a quien se le sigue juicio por la presunta comisión del delito de: ABUSO SEXUAL A NIÑA CON PENETRACION, previsto y sancionado en el artículo 259 primer aparte con la agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y Adolescentes en el que resulta como víctima M.K.P.L. (identidades omitidas por disposición legal), y ACUERDA MANTENER la medida de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, que le fuera impuesta por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, de conformidad a lo previsto en los artículos 236, 237, 238 del Código Orgánico Procesal Penal, ratificando como sitio de reclusión la sede del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS, PENALES Y CRIMINALISTICAS, SUB DELEGACIÓN SAN CRISTÓBAL.- SEGUNDO: se ordena notificar a las partes de la presente decisión. ASI SE DECIDE. .....