Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 04 de julio de 2019, por el abogado Edinson Joel Solórzano Carmona, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 195.550, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 21 de junio 2019, en el juicio que por Cobro de Bolívares, sigue la Sociedad Mercantil BANCO CARONI C.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad CONTRUCTORA PLANCO, C.A y los ciudadanos URBANO DE FRANCISCO PALOMAR y MARIA ELENA LANZI DE DE FRANCISCO.
SEGUNDO: Como consecuen.....