Este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a emitir oralmente y en presencia de las partes los siguientes pronunciamientos: UNO: Declara como flagrante la aprehensión del imputado ANGEL EDUARDO ROJAS, ya identificado, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por surgir en su contra elementos de convicción en la comisión del delito de OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUIPEFACIENTES, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. DOS: Decreta Privación Judicial preventiva de libertad, contra el ciudadano: ANGEL EDUARDO ROJAS, por surgir en su contra plurales elementos de convicción en la comisión del delito ya especificado y surgir en su contra una presunción razonable de peligro de fuga, conforme al artículo 250 numerales 1°, 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con .....