PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA PUBLICA, ABOGADA SHEYLA ALTUVE, Y DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA, DE LA ACUSACION FISCAL, inserta a los folios (85 al 94) de las actuaciones que conforman la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 174 del referido texto legal, por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 570 literal "F" de Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sin que tal declaratoria de nulidad se extienda a los demás actos anteriores, los cuales tienen su validez y efectos jurídicos, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva por cuando en fecha 25-10-2021, día en que se realizó la audiencia de calificación en flagrancia, fueron solicitadas las diligencias de investigación las cuales fueron promovidas, por la defensa pública, a los fines de ser evacuadas en el procedimiento ordinario, tales como: declaraciones de l.....