PRIMERO: Decreta con lugar la Aprehensión en Situación de Flagrancia del ciudadano LUIS ALFONSO ARAQUE MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 14.131.484, de 25 años de edad, por haber nacido en fecha 08-06-80, soltero, hijo de José Araque y Maria del Carmen Marquez, domiciliado en Barrio El Corozo, Final Calle 4, casa sin número, Tovar Estado Mérida, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1º en concordancia con el artículo 80 y 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana DARLING JOSEFINA ORTIZ MOLINA y DEL ESTADO VENEZOLANO, por encontrarse llenos los extremos a que se contrae el artículo 248 del COPP y así se decide.
SEGUNDO: Se decreta con lugar el Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 373 del COPP, acordando remitir las actuaciones a la Fiscalía Octava del Ministerio Público del Estado M.....