ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: CON LUGAR LA OPOSICION formulada por el abogado Pedro Ovidio Montilva Salcedo, títular de la Cédula de identidad N° V-8.103.858, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.731, actuando en su carácter de Representante de la Republica Bolivariana de Venezuela. En consecuencia se declara INADMISIBLE EL PRESENTE RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, interpuesto por el ciudadano JOSÉ FAUSTINO SANTIGO GONZALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.755.627, en su carácter de representante legal de la Firma Mercantil ¿LICORERIA SAN BENITO¿ inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el N° V-05755627-3, e inscrita ente el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 25-03-1987, bajo el N° 71, Tomo B-2, domiciliada en la Avenida Miranda, Casa N° 28, Sector Centro, Timot.....