DECIDE: PRIMERO: SE ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 18° del Ministerio Público en contra del acusado JORGE ALEXIS DURAN PEREZ, venezolano, natural de La Barinas Estado Barinas, titular de la cédula de identidad No. V-17724126, de 29i años de edad, soltero, nacido en fecha 15-05-1985, domiciliado en Punta de Piedra Casa sin número, Municipio Zamora Estado Barinas, teléfono 04164773036 a quien se le imputa la comisión de los delitos VIOLENCIA FISICA y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 42 y 41 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de ZHASHA NARIHOSKA así como se admiten totalmente las pruebas promovidas por el Ministerio Público por los hechos cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en el Escrito Acusatorio.
SEGUNDO: SUSPENDE EL PROCESO contra el acusado JORGE ALEXIS DURAN PEREZ, venezolano, natural de La Barinas Estado Barinas, titular de la cédula de ident.....