PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión de la imputada YONEIDA ROJAS PEÑA de nacionalidad Venezolana, natural de Mucutuy Estado Mérida, nacido en fecha 16-12-1986 de de 22 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 17.663.594, profesión u oficio del hogar, residenciada en Ejido pan de azúcar calle principal vereda Quimare N° 6 Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, Previsto y sancionado en el articulo 31 en concordancia con el articulo 46 ordinal 7 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y El consumo de Sustancias Estupefacientes y psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, por estar satisfechos los extremos del artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Ordena la prosecución de la presente causa por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo establece el ar.....