PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del ciudadano EUDIS EDGARDO TORRES, quien dice ser de nacionalidad Venezolano, nacido en Rubio, Municipio Junín, en fecha 30/05/1982, de 29 años edad, soltero, hijo de Maria Torres (F), titular de la cédula de identidad N°V.-15.880.327, profesión u oficio obrero, residenciado en la calle 18 entre avenida 2 y 3 casa sin número, la Victoria Municipio Junín, Estado Táchira, teléfono 0276-7621096, por la presunta comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455, en concordancia con el artículo 80 y 82 del Código Penal, en perjuicio de Roslin Teresa Hantuch Suárez; y el delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de en perjuicio de Roslin Teresa Hantuch Suárez, por encontrarse llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Ordena la prosecución de la presente causa, por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conf.....