DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las bienhechurias descritas, a favor del ciudadano José Nelson puerto Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.399.730, domiciliado en lote de terreno denominado "Los Naranjos", ubicado en el Sector Aldea pan de Azúcar, asentamiento campesino sin información, Parroquia La Florida, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, dejándose a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicable supletoriamente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
En .....