PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 15 de agosto de 2022, el abogado ELIO QUINTERO LEÓN, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad de Comercio BANCRECER, S.A., BANCO MICROFINANCIERO, (originalmente denominado BANCRECER, C.A., Banco de Desarrollo), en contra de la sentencia dictada en fecha 10 de agosto de 2022, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, todo ello en el cuaderno de medidas signado con el Nº AH1B-X-FALLAS-2022-000008, del asunto principal signado con el Nº AP11-V-FALLAS-2022-000220), de la nomenclatura interna de ese Juzgado, referente a la demanda que por COBRO DE BOLIVARES, fuera interpuesta por la Sociedad de Comercio BANCRECER, S.A., BANCO MICROFINANCIERO, en contra de la Sociedad de Comercio MERCEDES RESTAURANT 2019, C.A.
SEGUNDO: Se MANTIENE la Medida Cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar, dictada .....