PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR Y RESIDENCIARSE EN EL EXTERIOR, junto con el EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD suscrito y presentado por los ciudadanos CARLA YULITZA RUÍZ CALDERÓN y ÁNGEL DE JESÚS ARIAS GUTIÉRREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-19.422.223 y V-19.592.807, en su orden, domiciliados la primera en la avenida 16 de Septiembre, sector Kenedy, casa Nº 1-50, parroquia Domingo Peña, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y el segundo domiciliado en sector La Hoyada de Milla, avenida Nº 1, calle 04 primavera, apartamento B, Nº 1-8, parroquia Milla, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles; a favor del adolescente ÁNGEL GABRIEL ARIAS RUÍZ, de quince (15) años de edad, F.N.: 16/07/2008, titular de la cédula de identidad Nº V-32.814.556, Pasaporte vigente N° 184910564, Pasaporte vencido: 122644252; pasándolo en .....