DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE la solicitud de tutela cautelar efectuada por los Abogados José Alberto Meignen Carreño, Harvey Fabián Gutiérrez Rodríguez y Alfredo José D´Ascoli Centeno, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 72.292, 65.010 y 59.308, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales del partido político ACCION DEMOCRATICA, en el juicio por nulidad de documento que incoara en contra de las sociedades mercantiles GRUPO TRUST MEDIATICO 2014, C.A., OMNIVISION, C.A., GRUPO CENTAURO INTERNACIONAL, C.A., y PATRIACELL, C.A., todos identificados al inicio del presente fallo, en consecuencia, se decreta las siguientes medidas nominadas:
1. MEDIDA DE .....