PRIMERO: Inadmisible el recurso de apelación interpuesto abogado, Eugenio Enrique Granados Muñoz, en su carácter de defensor privado del ciudadano Álvaro Acevedo, signado con la nomenclatura 1-Aa-SP21-R-2018-000142, contra la decisión dictada en fecha 16 de julio de 2018, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas, del Circuito judicial en Materia de Violencia Contra la Mujer del Estado Táchira, mediante la cual, entre diversos pronunciamientos, como punto previo, la Juzgadora se abstuvo de emitir decisión por la aparente extemporaneidad de las excepciones interpuestas por la defensa privada, de conformidad a lo establecido en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, 107 y 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida libre de Violencia.
SEGUNDO: Admisible el recurso de apelación interpuesto abogado, Eugenio Enrique Granados Muñoz, en su carácter de defensor privado del ciudadano Álvaro Acevedo, signado c.....