Por los razonamientos anteriormente señalados este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO CINCO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY RESUELVE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado JOSE DAVID HERNÁNDEZ GAMEZ, venezolano, de 32 años de edad , portador de la cédula de identidad N° V-13-820.551, nacido en fecha 11-02-77, Comerciante, hijo Carmen de Hernández (v) Rafael Antonio Hernández (V) domiciliado Barrio 23 de Enero, calle principal , casa N° 32 adyacente al Comando de la Policía del Estado Táchira, 04148844776 el cual encuadra en la tipificación penal de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado el artículo 458 Código Penal, por estar satisfechos los extremos del artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Ordena la prosecución de .....