ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 49 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 46 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano YEYSON ORLANDO GELVEZ VERA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de San Antonio, Estado Táchira, nacido en fecha 22/11/1983, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.695.862, de profesión u oficio cajero, casado, hijo de Miriam Teresa Vera (v) y de Luis Enrique Gelvez Molina (v), residenciado en la calle 1 con carrera 2 Casa S/N, de la oficina de Duragas hacia abajo, Parte Baja Tienditas, Estado Táchira, teléfono: 0424-7833129, en la comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA, previstos y sancionados en los articulo 40 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Nury Escalante Galviz, de conformidad con lo dispuesto.....