ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: CON LUGAR LA TERCERIA opuesta por el abogado Amable Méndez Parra, títular de la Cédula de identidad N° V-1.703.193, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.317, en representación del ciudadano Humberto Guillen Mora, títular de la Cédula de identidad N° V-678.775, en contra del embargo realizado por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 19 de
Marzo del 2003, en consecuencia se ordena oficiar al Registrador Subalterno del Municipio Libertador del Estado Mérida, a los fines de que este proceda a levantar la medida de embargo que pesa sobre el Local N° 2, ubicado en la avenida 2 Lora, entre calles 22 y 23, jurisdicción de la Parroquia El Sagrario, Municipio Libertador del Estado Mérida, alinderado de la sigu.....