Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: LA APREHENSION EN FLAGRANCIA AL IMPUTADO ROY ROBERT AVILA PADILLA, en virtud de que el mismo, fue aprehendido In fraganti en el momento de cometer el delito, ya que fue sorprendido por los funcionarios policiales, cuando estaba agrediendo físicamente a la ciudadana: LISBETH CAROLINA PERALTA ORTIGOZA, su concubina, de conformidad con los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo se acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO, solicitado por el representante Fiscal, para lo cual se acuerda remitir el presente asunto al Tribunal Unipersonal de Juicio, que le corresponda conocer, en su oportunidad legal, a los fines de la aplicación de procedimiento abreviado previsto e.....